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Se convocan becas para la escolarización de niños menores de tres años matriculados en centros privados de la Comunidad de Madrid autorizados por la Administración educativa para impartir el primer ciclo de educación infantil que no estén sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en dicho nivel educativo, durante el curso escolar 2011/2012.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCAM) prevista para el lunes, 4 de abril de 2011.
Requisitos de los solicitantes
Los alumnos deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
- Haber nacido o estar previsto el nacimiento con anterioridad a la fecha que se determine en cada convocatoria.
- Estar matriculado en el primer ciclo de educación infantil, en el curso al que corresponda la orden de convocatoria, en un centro privado autorizado por la Administración educativa a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para impartir dicha etapa educativa.
- El centro no puede estar sostenido total o parcialmente con fondos públicos en dicho nivel educativo.
- Aportar, junto con la solicitud, la documentación que se exige en las presentes bases reguladoras.
- No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Fecha de nacimiento
Los alumnos solicitantes, deberán haber nacido con anterioridad al 1 de julio de 2011. No obstante, si la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes fuera posterior al 1 de julio de 2011, se tendrá en cuenta dicha fecha a efectos de la fecha tope de nacimiento de los solicitantes.
Cuantía de la beca
- La cuantía de la beca será de 1.100 euros a razón de 100 euros mensuales.
- En caso de que la renta per cápita familiar sea igual o inferior a 1.710,00 Euros, la cuantía de la beca será de 1.760 euros a razón de 160 euros mensuales.
- No obstante, el importe de la beca, sumado al de las otras ayudas que, en su caso, pueda recibir el alumno para la misma finalidad, no podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la cuota mensual del centro.
Abono de las becas
- Resuelta la convocatoria, la Consejería de Educación procederá al pago de la beca a cada beneficiario, que se hará efectiva mediante la entrega de once cheques personalizados, (los populares cheques guardería) que sumarán la cuantía total de aquélla y que corresponderá a los meses comprendidos entre septiembre de 2011 y julio de 2012, ambos inclusive.
- El beneficiario será el único responsable de los cheques y deberá entregarlos mensualmente al centro de matriculación en concepto de abono de la cuota de escolarización.
- En los cheques se fijará una fecha de caducidad, transcurrida la cual no podrán ser canjeados.
Reserva de plaza o matriculación en una escuela infantil privada autorizada
Las escuelas infantiles privadas justificarán la reserva de plaza o la matriculación de los alumnos a través de la aplicación SICEP (GUAY-INTER) de acuerdo con las instrucciones que establezca al efecto la Dirección General de becas y ayudas a la educación.
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